En el despacho se realizan divorcios, medidas paternofiliales, modificaciones de medidas con cambios de custodia, de pensiones de alimentos y mucho más.
En el despacho, por motivos de desgaste psicológico de toda la unidad familiar, recomendamos encarecidamente realizar una intimación previa a la demanda a fin de intentar lograr una mediación.
¿Quien puede solicitar el Divorcio?
La petición de Divorcio puede ser presentada por uno de los cónyuges o por ambos de común acuerdo, así existen dos tipos de Divorcio desde el punto de vista jurídico, el que es solicitado unilateralmente por uno de los cónyuges (procedimiento contencioso) y el que se solicita de mutuo acuerdo por ambos cónyuges, también conocido como <<divorcio exprés>> o de mutuo acuerdo.
Actualmente, no es necesario separarse previamente para poder instar el divorcio y la separación está recomendada especialmente para parejas que quieran vivir separados un determinado tiempo sin tener que romper el vínculo matrimonial de la forma definitiva que supone el divorcio. Así, dependiendo del tipo de vínculo que quieran mantener, es mas aconsejable el divorcio que la separación.
Las características esenciales del proceso de Divorcio son:
- La no necesidad de fundamentar la decisión de romper el vínculo matrimonial en causa alguna.
- La necesidad de intervención abogado y procurador para deshacer el vínculo matrimonial mediante intervención judicial.
¿Cuánto tarda un procedimiento de Divorcio?
Existe una gran diferencia entre los juzgados y el tipo de divorcio. A título ejemplificativo, el divorcio de mutuo acuerdo puede obtener sentencia a los dos o tres meses.
Mientras que un Divorcio Contencioso durará un mínimo de seis meses, motivo por el cual es conveniente que se dicten, hasta su conclusión, las medidas provisionales que regirán los elementos más básicos (pensión de alimentos, custodia, régimen de visitas…) hasta la sentencia definitiva.
Debido al mayor coste, tiempo y sobre todo por el desgaste psicológico que va a suponer un Divorcio contencioso a toda la unidad familiar, recomendamos que siempre se trate de acercar posturas y llegar a un mutuo acuerdo.
Divorcio de mutuo acuerdo
Este procedimiento, más rápido y económico, implica que ambos cónyuges deben estar de acuerdo en deshacer el vínculo que los une. Dicho acuerdo es plasmado en un convenio regulador, a través del cual acuerdan la forma de regir sus relaciones en el futuro.
El Convenio regulador debe de recoger algunos elementos mínimos establecido en el articulo 90 del Código Civil, estos elementos son los referentes a los hijos, si los hubiere, o la liquidación del régimen económico matrimonial si fuera voluntad de los cónyuges.
El procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo comienza mediante la presentación ante el Juzgado de Primera Instancia del lugar donde estuvo el último domicilio conyugal, o del domicilio de cualquiera de los cónyuges si estos ya viven separados, de una demanda de divorcio a la que se acompañará la propuesta de convenio regulador firmada por ambos cónyuges, además de una serie de documentos exigidos por la Ley.
Una vez admitida a trámite la demanda de Divorcio, los cónyuges serán citados por separado, para que ratifiquen su deseo de divorciarse ante el Juez y su conformidad con lo reflejado en el convenio. (La ratificación es un mecanismo para evitar decisiones poco meditadas, y garantizar que ninguno de los cónyuges ha firmado el Convenio Regulador coaccionado o amenazado).
Si los cónyuges se ratifican, el Juez (y el Ministerio Fiscal si existen menores o incapaces) examinará las cláusulas contenidas en el Convenio Regulador y si estima que no perjudica a los derechos de los menores ni lesiona gravemente los derechos de los cónyuges, lo aprobará, recogiendo su contenido en la sentencia. Si el Juez no aprueba el convenio presentado, concederá a los cónyuges un plazo de diez días para proponer un nuevo convenio.
Aprobado el convenio, el Juez dictará sentencia recogiendo el contenido del convenio en la misma y concederá el divorcio, produciéndose desde ese momento los efectos del mismo.
Te detallamos los pasos a seguir en un divorcio de mutuo acuerdo. Consulta con nuestros abogados de divorcios todos los detalles, te asesorarán sin compromiso.
Divorcio contencioso
El Divorcio Contencioso puede ser planteado por cualquiera de los cónyuges, sin ser necesario el consentimiento del otro cónyuge.
La parte que plantea el Divorcio presentará la demanda de Divorcio contencioso, pudiendo solicitar al Juez que se establezcan una serie de medidas provisionales con anterioridad a la presentación de la demanda si fuese necesario. Las medidas provisionales son aquellas que regulan las consecuencias del divorcio hasta que el Juez dicte sentencia y esta se haga firme.
El procedimiento del Divorcio contencioso es más complejo que el de mutuo acuerdo;
La parte que plantea el divorcio debe presentar la demanda de Divorcio Contencioso.
Una vez presentada la demanda se tramitará por el procedimiento de Juicio Verbal, con la excepción de que la contestación a la demanda por el otro cónyuge se hará por escrito.
Una vez trasladada la contestación al Juez y a las partes, se celebrará el acto de la vista a la que tienen que acudir obligatoriamente ambos cónyuges. Si hubiese hijos menores de edad será necesario que se dé traslado de todas las actuaciones al Ministerio Fiscal como parte del procedimiento.
Una vez oídas las partes, realizadas las pruebas oportunas y oídos los menores por el Ministerio Fiscal, el Juez dictará sentencia acordando o no el Divorcio, con los efectos que esta sentencia produzca. Esta sentencia es apelable en los 20 días siguientes a la notificación.